Negligencia médica en Florida
§ 766.102
El estatuto que define la ley
Comprobación de admisibilidad en 30 segundos

Tres preguntas le indican si para seguir leyendo.

Paso 1 de 3
Se trata de una herramienta de análisis, no de asesoramiento jurídico. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar en su caso. Confidencial
§ 01
Definición

¿Qué se considera mala praxis en Florida.

Según el artículo 766.102 de Florida, existe mala praxis cuando un profesional con licencia de Florida hace lo que un profesional razonablemente prudente en su especialidad no habría hecho, o deja de hacer lo que habría hecho, y ese fallo lesiona al paciente. Un mal resultado por sí solo no es mala praxis. La medicina tiene riesgos conocidos; hay complicaciones incluso cuando se cumplen perfectamente las normas de atención.

Por qué es importante

Este es el único lugar en este sitio donde § 766.102 está completamente definido. En todas las demás páginas se da por supuesto que ha leído esta sección o que ha hablado con nosotros. La ley es la lente a través de la cual se juzgan todas las reclamaciones.

§ 02 - Los cuatro elementos

Lo que debe probar.

Todas las demandas por negligencia en Florida, ya sean lesiones en el parto o errores farmacéuticos, errores quirúrgicos o diagnósticos erróneos, se basan en los mismos cuatro elementos. Si se pierde uno, se pierde el caso.

01
Deber
Existía una relación médico-paciente.
Una vez que un proveedor autorizado de Florida le acepta como paciente, examinándole, solicitando pruebas, recetándole o admitiéndole, tiene la obligación legal de prestarle atención médica de acuerdo con las normas profesionales vigentes. La relación puede ser implícita. Un radiólogo que lee su escáner pero nunca se reúne con usted le debe ese deber.
02
Infracción
No cumplieron las normas de atención sanitaria.
La norma es lo que un proveedor razonablemente prudente de la misma especialidad habría hecho en la misma situación. Probamos el incumplimiento con una declaración jurada de un médico certificado en esa especialidad. Sin esa declaración jurada, Florida § 766.203 prohíbe la presentación, y punto.
03
Causalidad
La infracción causó el daño.
Florida exige que la infracción sea un factor que contribuya sustancialmente a la lesión, no simplemente una causa "pero". El abogado defensor argumentará que su condición subyacente o comorbilidades fueron el verdadero conductor. Nos anticipamos a ese argumento con reconstrucciones de línea de tiempo y el testimonio de diagnóstico diferencial.
04
Daños y perjuicios
Has sufrido un daño cuantificable.
Económica (facturas médicas, salarios perdidos, cuidados futuros) más no económica (dolor, sufrimiento, pérdida de consorcio). Las reclamaciones por homicidio culposo se rigen por el § 768.21 y tienen su propia estructura de beneficiarios. Un incumplimiento claro sin daños reales no es un caso de negligencia que vayamos a aceptar.
§ 03 - Tipos de casos que tratamos

Ocho categorías, una norma.

Cada categoría tiene su propia página del libro de jugadas con los registros que revisamos, los patrones de pruebas que ganan, y las recuperaciones que anclan un rango de acuerdo. Haga clic aquí para leer los discursos.

Los intervalos de recuperación reflejan resultados representativos de los casos aceptados de 2015 a 2026. Los resultados anteriores no garantizan resultados similares.
§ 04
La joya de la corona

Florida presuit requisitos.

Florida es uno de los pocos estados que exige una investigación jurada previa a la demanda antes de poder presentar una demanda por negligencia profesional. Esta es la característica procesal más importante de la ley de negligencia de Florida, y la que la mayoría de las empresas de práctica general se equivocan al presentar primero la demanda y encontrar un médico después. Los casos desestimados por falta de una declaración jurada § 766.203 no pueden volver a presentarse si el plazo de prescripción ha expirado.

§ 766.203
Investigación previa a la demanda
Antes de presentar una demanda, su abogado debe llevar a cabo una investigación razonable y obtener un dictamen escrito y jurado de un médico colegiado en la especialidad pertinente en el que se declare que existen motivos razonables para creer que se incumplieron las normas de asistencia y que ello causó la lesión.
§ 766.106
preaviso de 90 días
Una vez que se dispone de la declaración jurada, se notifica la intención de iniciar un litigio a todos los posibles demandados. A partir de esa fecha, ambas partes disponen de 90 días para investigar informalmente, solicitar documentos, tomar declaraciones no juradas e intercambiar información.
§ 766.106(3)
Respuesta de la defensa
Al término de los 90 días, cada demandado debe responder con una de estas tres posturas: (a) rechazar la demanda, (b) admitir la responsabilidad y ofrecer un arbitraje por daños y perjuicios, o (c) ofrecer un acuerdo. El silencio se considera un rechazo.
§ 766.106(4)
Peaje
El plazo de prescripción se interrumpe, en pausa, durante todo el periodo previo a la demanda. El reloj sólo vuelve a ponerse en marcha una vez transcurridos los 90 días y recibida la respuesta del demandado.
El diferenciador

Obtenemos la declaración jurada antes de aceptamos su caso, no después. La mayoría de los bufetes invierten el orden, que es como se desestiman los casos cuando al final la medicina no respalda la demanda.

§ 05 - Plazos

El reloj ya está en marcha.

Cada demanda por negligencia en Florida tiene al menos tres plazos diferentes apilados uno encima del otro. Si no se cumple alguno, el caso se acaba. Los registros también se degradan rápidamente, tiras de monitor fetal, registros de anestesia, pistas de auditoría, la mayoría de los sistemas conservan sólo 90 días por defecto.

2 años
Estándar SOL
Desde la fecha del incidente o desde el momento en que razonablemente debería haber descubierto el daño.
4 años
Ley de caducidad
Límite exterior absoluto. Transcurridos cuatro años, no hay reclamación, y punto, salvo por fraude u ocultación.
8º del niño
Prolongación del parto
Las reclamaciones relacionadas con un menor lesionado se extienden hasta que éste cumple ocho años, independientemente de cuándo se haya producido la lesión.
7 años
Fraude / ocultación
Cuando el proveedor ocultó intencionadamente el daño, el plazo de prescripción se amplía a siete años desde el incidente.
3 años
Inmunidad soberana
Las reclamaciones contra proveedores contratados por el Estado (Jackson, hospitales del condado, VA) deben notificarse en un plazo de tres años en virtud del § 768.28(6).
+90 días
Peaje previo a la demanda
El plazo de prescripción se interrumpe durante el período de preselección previsto en § 766.106, pero sólo si la notificación de preselección se realizó antes de que comenzara a correr el plazo de preselección.
§ 06 - Límites máximos de daños y perjuicios en Florida

Daños en Florida tapas.

Los límites sólo pueden aplicarse en arbitrajes voluntarios ($250.000 por demandante según § 766.207, y sólo si el demandado acepta el arbitraje). En la actualidad no existe ningún límite general no económico aplicable en Florida en caso de negligencia médica. Un nuevo límite legal en el rango de $200,000 a $300,000 está siendo litigado pero no ha sido decidido. Argumentamos la cuestión del límite en cada caso.

Vigente a partir de abril de 2026. Los límites de daños por negligencia en Florida son objeto de litigios activos, y las sentencias del Tribunal Supremo de Florida cambian este análisis. Confirmamos el estado actual de la ley en cada caso en la admisión.

Sólo arbitraje
Daños no económicos
  • ×Dolor y sufrimiento
  • ×Angustia mental
  • ×Pérdida de consorcio
  • ×Pérdida del disfrute de la vida

Límite de $250.000 por demandante sólo si el demandado acepta el arbitraje voluntario en virtud del § 766.207. De lo contrario, actualmente no es aplicable ningún límite general.

Sin tope
Daños económicos
  • +Asistencia médica de por vida
  • +Salarios perdidos pasados y futuros
  • +Costes futuros del plan de asistencia vitalicia
  • +Modificaciones en el hogar, equipamiento
  • +Gastos médicos directos
Qué es uncapped

Los daños económicos son ilimitados: atención médica de por vida, lucro cesante, necesidades futuras de atención y el valor de los servicios que el paciente prestó a su familia (cuidado de niños, ayuda doméstica, cuidado de otras personas). En un caso catastrófico, la indemnización económica es casi siempre la cifra más elevada.

Herramienta
Ejecute el estimador de daños en sus hechos →
§ 07
Cómo se valoran los casos

Las matemáticas detrás de la número.

Una indemnización por negligencia se construye de abajo arriba, no se negocia de arriba abajo. Un planificador de cuidados vitales certificado proyecta lo que el paciente lesionado necesitará a lo largo de su vida, un economista reduce esos costes futuros a su valor actual y un experto profesional calcula la pérdida de ingresos. Los daños no económicos se añaden a la columna vertebral económica.

Componente 01
Plan de vida
Proyecta más de 50 años de necesidades médicas a valor actual.
Componente 02
Pérdida de ingresos
Experto profesional + economista construyen la trayectoria salarial.
Componente 03
Daños pasados
Facturas documentadas, salarios perdidos, gastos de bolsillo.
§ 08 - Sistemas hospitalarios

Quiénes somos demande.

Los sistemas sanitarios privados que más a menudo vemos al otro lado de la mesa. Cada uno de ellos tiene una defensa diferente, y el que se oponga cambia el caso desde el primer día. No aceptamos casos contra VA, militares, del condado, o los distritos hospitalarios públicos debido a la inmunidad soberana federal y § 768.28 límites legales.

Salud en Orlando
08.01
Florida Central - Privado
Sistema sanitario privado. Familiarizado con sus protocolos de notificación de incidentes y conservación de HCE. Los litigios exigen la conservación temprana de las pruebas y la presentación de pruebas específicas sobre los registros de personal y credenciales.
HCA Florida
08.02
Cadena estatal con ánimo de lucro
El sistema más grande de Florida. Hemos litigado contra múltiples instalaciones de HCA; patrón de defensa es agresiva comparativa culpa y la práctica de movimiento.
AdventHealth
08.03
Florida central y occidental
Organización religiosa sin ánimo de lucro. La producción de registros es generalmente limpia; su banco de defensa es interno y está bien dotado de recursos.
Mount Sinai Miami Beach
08.04
Miami-Dade - Privado
Hospital docente privado sin ánimo de lucro. Los casos giran en torno a los registros de supervisión de residentes contra asistentes y los protocolos de supervisión documentados en la HCE.
Baptist Health
08.05
Sur de Florida
La mayor organización sin ánimo de lucro del sur de Florida. Los registros internos de revisión por pares están fuertemente protegidos; el descubrimiento selectivo es esencial.
Clínica Cleveland de Florida
08.06
Weston
Rama del sistema de Ohio. Defensa de empresas de fuera del estado; la contratación de testigos expertos es una de las primeras tareas clave.
§ 09 - Calendario del caso

De llamada a veredicto.

La mayoría de los casos aceptados se resuelven en un plazo de 18 a 36 meses. Algunos duran menos (asuntos de responsabilidad admitida), otros duran más (demandas impugnadas por lesiones en el parto con múltiples demandados). El arco es constante.

T+0
Usted llama
Llamada gratuita de 15 minutos. Escuchamos, tomamos notas y decidimos si los hechos justifican la obtención de registros.
T+7
Registros retirados
Recuperación conforme a la HIPAA, envío de la suspensión del litigio a todos los demandados, conservación de los registros de auditoría electrónicos.
T+30
Revisión MD
El especialista colegiado lee el historial. Si la medicina apoya la reclamación, se firma la declaración jurada § 766.203.
T+90
Notificación previa a la demanda
§ 766.106 a cada demandado. Se abre el plazo de investigación de 90 días para ambas partes.
T+180
Demanda presentada
Si no se resuelve durante la fase previa a la demanda, ésta se presenta ante el tribunal de circuito de Florida que corresponda.
T+540
Descubrimiento y mediación
Declaraciones, informes periciales, mediación obligatoria. ~70% de los casos aceptados se resuelven aquí.
T+900
Ensayo
Para los casos que no se resuelven. La mayoría de los juicios por negligencia duran de dos a cuatro semanas ante un jurado de Florida.
§ 10 - Conozca a su abogado

32 años. Un pregunta.

Cuando un hospital daña a un ser querido, la gente que sabe lo que ha pasado deja de hablar. Los historiales se modifican. Las enfermeras abandonan la unidad. Los abogados del hospital son los primeros en actuar. Durante 32 años, Percy Martínez ha sido el abogado al que llaman las familias de Florida para obtener los expedientes, los testigos y las respuestas que el hospital no quiere que tengan.

Por eso aceptamos una estimación 1 de cada 10 consultas. Florida § 766.203 requiere una declaración jurada del médico antes de que cualquier caso de negligencia puede proceder. Obtenemos una antes de presentar la demanda, no después. Si la medicina no apoya la demanda, se lo decimos directamente. Si lo hace, vamos a la guerra para usted.

Percy Martínez en una entrevista en Fox News
En Fox News
Cobertura nacional - 32 años de experiencia en juicios
Percy Martínez
Florida Bar #981990 - Admitido 1993
32 años
Tribunales de Florida
Med-mal
Única área de práctica
1 de 10
Casos que aceptamos
§ 11 - Costas y tasas

Sin tasas a menos que ganamos.

Trabajamos en contingencia. Nos hacemos cargo de todos los gastos, peritos, declaraciones, taquígrafos, preparación del juicio. Si no recuperamos, nos debe cero.

33⅓%
Recuperación previa a la demanda
Casos que se resuelven durante el plazo de 90 días establecido en § 766.106, antes de que se presente una denuncia ante el tribunal.
40%
Recuperación posterior a la solicitud
Casos que se resuelven después de la presentación de la demanda, mediante la presentación de pruebas, la mediación o el juicio.
$75K, $250K
Costes que afrontamos
Peritos, deposiciones, taquígrafos judiciales, gráficos de juicios. Usted no paga nada de su bolsillo.
$0
Si perdemos
Sin recuperación, sin honorarios, sin costes debidos. El riesgo es nuestro.
§ 12 - Preguntas más frecuentes

Dieciocho de las preguntas que más oímos.

Las preguntas específicas de cada especialidad aparecen en la página de cada radio. Abarcan la legislación, el procedimiento y los aspectos económicos de las ocho categorías.

Haz tu propia pregunta →
01¿Qué es la negligencia médica según la legislación de Florida?

El artículo 766.102 de Florida define la negligencia médica como el incumplimiento por parte de un profesional sanitario de la norma profesional vigente en materia de atención sanitaria que causa lesiones a un paciente. La "norma profesional vigente" es lo que un proveedor similar razonablemente prudente habría hecho en circunstancias similares. Un mal resultado por sí solo no es mala praxis, debe haber una infracción.

02¿Cómo sé si tengo un caso?

No es así. Ése es nuestro trabajo. La cuestión de fondo es si un médico colegiado en la especialidad pertinente firmará una declaración jurada conforme al artículo 766.203 que certifique que se ha incumplido la norma de asistencia y que ello ha causado el daño. De las consultas que recibimos, se calcula que una de cada diez supera ese listón. Díganos qué pasó y lo averiguaremos.

03¿Cuánto cuesta contratarle?

Nada por adelantado. Trabajamos en contingencia: 33⅓% de recuperación antes de presentar una demanda, 40% después. Si no recuperamos, nos debe cero.

Nos hacemos cargo del coste total de los peritos, las declaraciones, los taquígrafos y la preparación del juicio, que suele oscilar entre $75.000 y $250.000 en un caso complejo.

04¿De cuánto tiempo dispongo para presentar una demanda por negligencia en Florida?

Dos años a partir de la fecha del siniestro o de la fecha en que razonablemente debiera haber descubierto el daño, si esta última es posterior. El plazo de prescripción absoluto es de cuatro años.

Las reclamaciones por lesiones en el parto se extienden hasta el octavo cumpleaños del niño. Las reclamaciones de inmunidad de soberanía contra proveedores empleados por el Estado requieren notificación en un plazo de tres años en virtud del artículo 768.28(6).

05¿Cuáles son los límites de indemnización por negligencia médica en Florida?

Los límites sólo pueden aplicarse en arbitrajes voluntarios ($250.000 por demandante según § 766.207, y sólo si el demandado acepta el arbitraje). En la actualidad no se aplica ningún límite general no económico en el caso de negligencia médica en Florida.

Se está litigando sobre un nuevo tope legal de entre 1.400.000 y 1.300.000 PTT, pero aún no se ha decidido. Los daños económicos, la atención médica de por vida, el lucro cesante, las necesidades futuras de atención y el valor de los servicios que el paciente prestó a su familia no tienen tope. Argumentamos la cuestión del límite en cada caso.

06¿Qué es la declaración jurada §766.203 y por qué es importante?

La sección 766.203 de los estatutos de la Florida requiere que, antes de que cualquier caso de negligencia pueda ser presentado, un médico certificado en la especialidad pertinente debe firmar una declaración jurada indicando que hay motivos razonables para creer que el estándar de cuidado fue violado. Obtenemos la declaración jurada antes de presentar la demanda, no después. La mayoría de los bufetes presentan la demanda primero y encuentran al médico después, así es como se desestiman los casos.

07¿Qué ocurre durante el plazo de 90 días previo a la demanda?

Una vez notificada la § 766.106, ambas partes disponen de 90 días para investigar de manera informal. Los demandados deben responder con una de estas tres posturas: rechazo, oferta de admisión de responsabilidad y arbitraje de daños y perjuicios, u oferta de acuerdo.

La mayoría de los casos que se resuelven rápidamente lo hacen dentro de este plazo. El reloj de la prescripción se interrumpe durante la fase previa a la demanda.

08¿Atienden casos contra hospitales públicos, de la Administración de Veteranos o militares?

No. Los distritos hospitalarios públicos, el VA, los hospitales militares y las instalaciones del condado están protegidos por la inmunidad soberana. La inmunidad soberana federal rige los casos de VA y militares; Florida § 768.28 limita los daños contra los demandados públicos estatales y locales a $200.000 por demandante en ausencia de un proyecto de ley de reclamaciones legislativas.

La economía no funciona para los casos catastróficos que aceptamos. Si su caso es contra un acusado público, se lo diremos en la primera llamada y le remitiremos a un bufete que se ocupe de ellos.

09¿Irá mi caso a juicio?

Probablemente no. La mayoría de los casos se resuelven durante la presentación de pruebas o la mediación, y ese es el objetivo: maximizar el valor y luego resolver.

Lo que impulsa el valor del acuerdo es la voluntad de la empresa de llevar los casos a veredicto, junto con la investigación médica previa a la aceptación § 766.203. A través de los casos de negligencia médica de Florida que esta firma aceptó y resolvió entre 2015 y 2026, hemos obtenido una recuperación para cada cliente que representamos. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar en su caso.

10¿Qué documentos necesito antes de llamarles?

Nada. Obtenemos registros en virtud de la HIPAA, incluso si usted no tiene nada en la mano. Si tiene registros, fotografías, mensajes de voz del proveedor o correspondencia del seguro, tráigalos, pero no retrase la llamada porque aún esté reuniendo papeleo.

11¿Puedo demandar a un médico por un mal resultado que no fue culpa suya?

No. La medicina sabe que surgen complicaciones y malos resultados incluso cuando se cumple la norma de atención. Por eso existen los cuatro elementos: deber, incumplimiento, causalidad, daños.

Sin infracción, no hay caso, por devastador que sea el resultado.

12¿Y si firmé un consentimiento informado?

El consentimiento informado sólo renuncia a los riesgos conocidos y revelados de un procedimiento realizado correctamente. No renuncia a su derecho a interponer una demanda si el proveedor actuó por debajo de la norma de atención. Un formulario de consentimiento rara vez es una defensa completa.

13¿Se ocupa de casos relacionados con herramientas de diagnóstico basadas en IA?

Sí. Aceptamos estos casos cuando los hechos los respaldan. La teoría jurídica es la tradicional de negligencia contra el médico (su confianza en el resultado de un modelo como desviación de la norma de atención) y, en su caso, una teoría de responsabilidad del producto contra el proveedor de IA. El trabajo gira en torno a los registros de auditoría, los registros de anulación y el calendario.

14¿Qué es la muerte por negligencia en el contexto médico?

En virtud del artículo 768.21, una demanda por negligencia profesional por homicidio culposo es presentada por la sucesión en nombre de los supervivientes legales, normalmente el cónyuge, los hijos y los padres. El marco de daños y perjuicios difiere de una demanda por lesiones personales: pérdida de apoyo y servicios, pérdida de compañía y dolor y sufrimiento mental de los supervivientes.

15¿Hablarán conmigo aunque no esté seguro de tener un caso?

Sí. La primera llamada es gratuita, confidencial y sin prisas. La mayoría de las personas que llaman no saben si tienen un caso, para eso es la llamada. Le diremos que queremos ver su historial o le diremos por qué no creemos que se trate de una demanda por negligencia y le remitiremos al tipo de ayuda adecuado.

16¿Sólo se ocupa de negligencias por lesiones catastróficas?

Sí. La economía de los litigios por negligencia en Florida, los costes periciales, los plazos de varios años, hacen que los casos más pequeños sean inviables para cualquier bufete dispuesto a ser honesto al respecto. Aceptamos casos que impliquen incapacidad permanente, grandes necesidades de cuidados de por vida o muerte por negligencia.

17¿Cómo se compara Florida con otros estados en materia de negligencia profesional?

Más difícil. Los requisitos de preselección de Florida, el tope de 2025, las normas de inmunidad soberana y una barra de defensa financiada por algunos de los mayores sistemas hospitalarios del país hacen de Florida uno de los estados más difíciles para presentar una demanda por negligencia. Por eso es importante la especialización.

18¿En qué idiomas practica?

Inglés y español. Nuestro equipo de admisión es totalmente bilingüe; el trabajo del juicio puede llevarse a cabo en cualquiera de los dos idiomas con un intérprete judicial cuando sea necesario. Hablamos español.

Gratuito - Confidencial - Sin honorarios a menos que ganemos

Díganos qué sucedió.

Una llamada de 15 minutos con nuestro abogado de admisión. Revisaremos los expedientes y le diremos con franqueza si debe seguir adelante y cómo.

O llame al (800) 382-3176